El Conciliador

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cuantos oficiales subalternos, indignos de contarse entre la ilustre clase á que han dejado de pertenecer por su ignominiosa deteccion, y los escándalos y atrocidades con que la han marcado.

Los departamentos de Pumo y Arequipa gozaban de perfecta tranquilidad, y sus respectivos Prefectos, si bien no habian tenido que ocuparse en tomar medida alguna para conservarla, pues que no se notaba el menor síntoma que inspirara recelo de que pudiera alterarse; pero han ostentado un empeño patriotico y una interesante actividad, en estar prontos para remitir al gobierno auxilios de todo jénero en el instante que los pidiese. Felizmente, no son necesarios para completar el esterminio de los facciosos, en las asperas guaridas en que se han asilado, devorados por el remordimiento de sus crímenes y enormes atentados; porque

no contando, ni con la afeccion de los pocos moradores de las punas, á cuyas espensas és natural quieran vivir, ni teniendo tampoco interés individual la tropa desmoralizada q' han llevado consigo pa desmoralizada q' han llevado consigo en sostener la barbara y desigual contienda, que aquellos mantuvieron en los años anteriores por causas muy diferentes, és natural que abandonen á sus corifeos, sino se resignan, lo que és dificil de creer, á ser sacrificados por los salvajes.

Tal es nuestra opinion sobre el fin que se les espera á esos ilusos. De un momento á otro aguardamos partes oficiales que la confirmen, y que disiparán hasta la mas lijera sombra de esperanza á los que meditan y trabajan en anarquizar un suelo, que sin ellos seria el ejemplo y la envidia de las naciones.

IMPRENTA DEL ESTADO POR J. M. DEL CASTILLO

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TOMO CUARTO. EL CONCILIADOR N. 88. LIMA MIERCOLES 30. DE OCTUBRE DE 1833. UN RLEsto periodico se publicará el miércoles y sábado de cada semana. ARTICULOS DE OFICIO. Republica Peruana—Secretaria del Consejo de Estado— Lima octubre 22 de 1833. Señor ministro — Examinado por el Conejo de Estado un espediente remitido por la muy honorable junta departamental de Puno sobre infracciones de constitucion, cometidas por el vicario jeneral de aquel departamento Don Pedro Crisologo Santos, para que por el organo del mismo Consejo pase al Congreso con el objecto que indica la nota de remision de 5 de julio ultimo,-ha visto que el citado vicario es acusado por aquella junta departamental de las infracciones de la constitucion y leyes, que se leen en la minuta de fojas 17, y que tratan de calificarse con los papeles y notas que corren de foja 1.a á fojas 16. Entre estas infracciones se advierte la de no haber dado el referido vicario cumplimiento á la ley de eleccion de obispo; y aunque su nota de escusa que corre á fojas 15, pudo concebirse en mejores terminos para conciliar los respetos debidos á las autoridades civiles y eclesiasticas, est justo confesar que en el fondo no carece de razon el vicario, cuando índica que no carece ciendo en aquel departamento sino una jurisdiccion delegada, las ordenes supremas debian entenderse directamente con el reverendos obispo ó vicario del Cuzco, sin cuyo conocimiento y espreso mandato no podia proceder á la convocatoria del clero. Por lo que respecta á las demas infracciones de constitucion, y quebrantamientos de ley que comprende la actual minuta, debe esperarse la resolucion de los juzgados tribunales respectivos, donde pende el conocimiendo de los asuntos que han dado lugar á estas quejas; pues los comprobantes remitidos por la misma junta departamental, manifiestan que se hallan sub judice. Por esto el Consejo ha acordado, en sesion de la fecha, que este mismo se diga á la juuta departamental de Puno; y á demas se oficie al ejecutivo para que libre las ordenes convenientes al diocesano del Cuzco, á fin de que se verifique la eleccion de obispo de aquella nueva diocesis, conforme á la ley; cuya falta de cumplimiento hasta la fecha, es el origen de las desavenencias, que se advierten en este espediente entre el vicario de Puno, y las autoridades civiles de aquella ciudad. Lo que tengo el honor de trascribir á U. S. en cumplimiento de lo acordado, ofreciendome su atento obsecuente servidor—Luciano Maria Cano--Señor ministro de estado en el departamento de gobierno. Lima, Octubre 26 de 1833--Conformado con el voto del Consejo de Estado, librense las ordenes convenientes—Una rubrica de S. E.-- P. O. de S. E.—Rio. — — El gobierno trata de mejorar el camino carril del Callao rellenandolo con piedra y cascajo de la isla; de construir en él uno de fierro, y continuar los dos colaterales de á pie, y el plantio de arboleda de sauce y morera hasta los egidos de esa poblacion. Para el reembolso de los gastos de esta obra aplicará el impuesto del muelle, que si ahora rinde treinta mil pesos anuales ascenderán sus productos a cuarenta, luego que se establesca el reglamento de comercio, que se halla bajo la prensa, y el derecho del peage que paguen los que conduscan voluntariamente sus mercaderias por el camino de fierro, y que calculado con moderacion rendira, cuando menos, en el mismo tiempo, cuarenta y cinco mil pesos. Los que quieran encargarse de la empresa por contrata, dirígiran sus propuestas, en pliego cerrado, á los administradores de la tesoreria general dentro del termino de quince dias, vencidos los cuales se celebrará la subasta con el que ofresca condiciones que consulten sus intereses, sin ser onerosas al erario ni al publico. — — MINISTERIO DE HACIENDA. Lima octubre 25 de 1833. Debiendo el gobierno tener conocimiento de las personas á quienes se encomiende en sus respectivas épocas la actuacion de las matriculas de predios urbanos y patentes, se suspenden los efectos de los articulos terceros de las instrucciones de 5 de noviembre de 1827 y 30 de julio de 1829; y en su consecuencia se dispone que los prefectos hagan al gobierno propuestas en terna para el nombramiento de apoderados fiscales que se encarguen de la formacion de esas matriculas con la anticipacion necesaria, á fin de que sus operaciones se concluyan del todo, antes que llegue el tiempo desde que deba empezar á rejir la matricula. Circulese esta disposicion, tomese razon y publiquese.-Rubrica de S. E. —P. O. de S. E.—Mendiburu. Entre las oficinas que no han cumplido con el supremo decreto de 14 de abril de 1830, cuya observancia se dispone por la circular de 22 del presente octubre, no se comprende la contaduria jeneral de valores que constantemente ha remitido al ministerio de hacienda la razon mensual de faltas de los empleados de

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Su dependencia, representando lo oportuno padespacho de haciendo cortar

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ios abusos ~

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Io oportuno paperjudiciales al servicio.

El

ha continuado haciendo progresos conside¬ rables: el gobierno ha adoptado á este fia las medidas conducentes, y entre ellas consideró necesaria la creación de un regimiento de blan¬ dengues, sirviéndole de plantel los restos del N,°Ü de caballería de linea que se haliab* allí acantonado y casi en cuadro. El de ca

JESTEBIOM^

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-

Republica. Boliviana—Ministerio de estado del dcspaçhp de hacienda—Palacio de gobierno en Chuquisaca á 14 de agosto de 1833—23—Cir$ular número 21—A. S. G. el prefecto del de*

Patij. gones, que habia sufrido grandes quebrantos y varias incursiones de los indígenas, ha sido atendido muy especialmente. Se le ha provisto de todos los auxilios necesarios para su segu¬ ridad y se ha creado alii una com na rúa de infantería, y otra de caballería. El de Malvinas llamó también muy particularmente la atencioft del gobierno, y envió un comandante político y militar con un destacamento de tropti parí su guarnición, y un buque de guerra para bu

portamento de.... Con el objeto de fomentar el comercio in¬ terior de ía republica, decretó el gobierno en 4V° de enero ultimo, que solo se pagase el 5 por ciento de alcavala sobre las mercaderías que se internasen por el puerto Lamar: y consi¬ derando que el artículo 2.° del supremo de¬ creto de 16 de setiembre de 1829, y otratf

disposiciones posteriores relativas á establecer jenéralmente el adeudo del 6 por ciento en ía segunda y

justos fines

sucesivas ventas,

con

que se

se oponen

espidió aquella delibe¬

ration; que pasando las mercaderías de manos á otras

á lo$

unas

se

reagravan los precios y no pueden concurrir con los de primera internación; por otra parte ha acreditado la esperiencia que los comerciantes piden guias libres á favor de los compradores, suponiéndolos en sus reLiciones juradas meros consignatarios; y de esta manera

*

defraudan las alcavalas de reven¬ tas, sin otro fruto que la desmoralización de ios negociantes, S. E. el Presidente ha dis¬ puesto que ya no se cobre el derecho de al¬

cavala en la segunda y demás ventas de los efectos europeos y de la tierra, observándose todo lo demás, las reglas prescriptas para el mejor orden y arreglo de este ramo. Lo eomuniço á V. G. pora su cumplimiento, hafiéndolo imprimir y circular. Dios guarde á V. G.—Una rubrica de S. £ .-~*JíQsé Maña de uara. -

BUENOS-AIRES.

Concluye el mensaje del gobierno provincia.

los benéficos, objetos de su mi¬ sión fueron frustrados p<>r el desagradable incidente que os ha manifestado el gobierno. Los indios que se hallan establecidos enf j nuestra frontera, y muchos de los que existent fuera de ella,-han seguido sin alteración dandtf pruebas de fidelidad al gobierno. Sin algunos de los caciques enemigos hanembargó hecho varias incursiones, en las que han sido com¬ pletamente batidos por nuestras valientes divi¬ siones que guarnecen las fronteras; siendo muy ¿ satisfactorio que en éstas operaciones hayan te¬ nido parte muchos de los indios amigos. Al¬ gunos de estos vienen frecuentemente á ta capi¬ tal á hacer sus cambios, observando el mjór orden. Mas entretanto, al mismo tiempo que los indios enemigos invadían las poblaciones de nuestra campaña, en las provincias hermanas eran devastados los campos, destruidas las for¬ tunas, y aun victimas muchas familias de su ferocidad. En tal situ cior», siendo ya inútil emplear con ellos los medios pacíficos, era in¬ obrase

vas

Guardias, designando el

terreno que

considerarse propio de los respectivos y el local preferente

deba

Fuertes, para situar las poblaciones,

distribuir los pobladores. Han producido muy favorables resultados las medidas adoptadas por el gobierno para contener el abigeato, y asegu¬ rar las y

propiedades de los habitantes

de la cam¬

paña: se h uí disminuido c msiderable.nente ios Baúles que en ella se sentían á éste

respecto.

un cuerpo

combinación

dç ejército

que que

las fuerzas aquellas destinaban á su exterminio. Ella se halla ya en marcha al mando de un ilustre* ciudadano que ha rendido grandes servicios â la patria, y de cuya hábil dirección es de esmerar un próspero resultado. For otra parte los bravos que le acompañan han manifestado estar poseidos de un entusiasmo y ardor sin en

egemplo,

con

les hará resignarse á las peno¬ sas incomodidades y fatigas que deben arros¬ trar para conseguir el importante fin que se proponen—eí de domar la altiva csadia del

fstableairnientos que se hallan á Sociedad de ben* ficéhcia. En el cargo de la hospital de xnugeres se han hecho mejoras

Se han tomado las providencias conve¬ nientes para llevar la población hasta las nue¬

pero

dispensable disponer

En la ciudad y la vacuna con toda campaña se administra exactitud, eficazmente los dias de la infanciapreservándose deesa funes¬ ta plaga, que aun aflige otros puntos de Amé¬ rica! la casa de expósitos continua bien servi¬ da: el colegio de huérfanas existe en el órden, del mismo modo que todos los mejor demás

inspectores.

auxilio;

;

de la

importantes: el actual administr dor ha correspondido á las esperanzas del gobierno: en el de hombres su¬ frió el edifiero habita lo algún estrago, por las ruinas del que no lo era: y el gobierno dis¬ puso fuese inmedi ita mente reparado: los en¬ fermos son pllí bien asistidos según los infor¬ mes de los

importante establecimiento de Bahià Blai-

que

feroz

enemigo común de toda la republica. El ejército permanente de la provincia mejora cada dia su moral y disciplina; y han

dado pruebas satisfactorias de su valor los sol¬ dados que en la campaña han escarmentado á los iqdios que invadieron algunos puntos de la frontera: los cuerpos de milicia de campaña se hgllan en el mejor arreglo, y llenan coir exactitud el servicio á que se les destina: milicias efe la ciudad cumplen satisfactoria¬ mente sus deberes. Deseoso el gobierno de llamar al pais §* un numero

cop§iderabfe individuos, que por eludir las fatigas del servicio, le habían abandonado, desertando de los cuerpos de linea, expidió el decreto de in¬ ele <T'

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21 de diciembre de 1832. hacienda publica, este i nportante ra¬

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